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Fundamentos del Permiso de Lactancia

El permiso de lactancia es un derecho retribuido, regulado por el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, que pueden ejercer ambos progenitores. Este permiso permite una hora de ausencia del trabajo por día, que puede ser disfrutada de diversas maneras hasta que el bebé cumpla nueve meses.

Opciones para Disfrutar el Permiso de Lactancia

Permiso de Lactancia no Acumulado

Los trabajadores pueden optar por tomar una hora completa o dos fracciones de media hora durante su jornada laboral. Esta opción es flexible y debe coordinarse con el empleador, considerando las necesidades organizativas de la empresa.

Permiso de Lactancia Acumulado

La opción más escogida es acumular las horas de lactancia en días completos. Esta modalidad permite a los trabajadores extender su permiso consecutivamente, facilitando una mayor continuidad en el cuidado del bebé.

Regulaciones sobre el Permiso de Lactancia Acumulado

Desde la reforma legislativa de mayo de 2024, todos los trabajadores tienen derecho a acumular el permiso de lactancia, independientemente del convenio colectivo. La acumulación se calcula sumando una hora por cada día laboral efectivo desde el regreso del permiso por nacimiento hasta que el bebé cumpla nueve meses.

Consideraciones para Trabajadores a Tiempo Parcial

Trabajadores a tiempo parcial y permiso de lactancia: Estos trabajadores suelen disfrutar de más días de permiso, proporcionalmente, debido a su menor número de horas de trabajo diarias, según la última sentencia del Tribunal Supremo de noviembre de 2023.

Coordinación con Otros Permisos Laborales

Los trabajadores no necesitan agotar sus permisos por maternidad o paternidad antes de tomar el permiso de lactancia. Además, pueden elegir entre tomar primero sus vacaciones o el permiso de lactancia, según lo que mejor se ajuste a sus necesidades.

Cómo Ampliar el Permiso de Lactancia hasta los Doce Meses

Si ambos progenitores trabajan, pueden solicitar extender el permiso de lactancia hasta que el menor cumpla doce meses. Este periodo no será retribuido después de los nueve meses, pero puede compensarse mediante la prestación de corresponsabilidad en el cuidado del lactante de la Seguridad Social.

Compatibilidad con Reducciones de Jornada y Excedencias

El permiso de lactancia es compatible con la reducción de jornada por guarda legal, pero no con la excedencia por cuidado de un hijo, a menos que no se acumule.

Para más información sobre cómo aplicar estos permisos en su situación específica, no dude en contactarnos. Estamos aquí para ayudarle a navegar por las complejidades de las regulaciones laborales y garantizar que aproveche al máximo sus derechos como trabajador.

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